FIRMANTES:
La ICM es la Federación Sindical Internacional que agrupa sindicatos libres y democráticos con miembros en los sectores de la Construcción, Material de Construcción, Madera, Silvicultura y afines. La ICM agrupa alrededor de 350 sindicatos y representa alrededor de 12 millones de miembros en 135 países. La misión de ICM es promover el desarrollo de los sindicatos en las industrias de la construcción y la madera en todo el mundo y promover y reforzar los derechos de los trabajadores.
FECOMA-CCOO, es la Federación De Construcción, Madera y Afines de Comisiones Obreras de España, afiliada a ICM
MCA-UGT, es la Federación del Metal, Construcción y Afines de la Unión General de Trabajadores de España, afiliada a la ICM.
Ferrovial, es la matriz de uno de los primeros grupos mundiales de construcción, infraestructuras y servicios. Sus actividades se desarrollan bajo un absoluto respeto hacia los Derechos Humanos y las libertades públicas, de acuerdo a las leyes y prácticas internacionalmente aceptadas.
Ferrovial y la ICM junto a las federaciones MCA-UGT y FECOMA-CCOO:
Reconocen que el desarrollo sostenible de la industria de la construcción en todas las actividades sobre las que se manifiesta, es de interés tanto de la compañía como de los trabajadores/as.
Reconocen la importancia de relaciones laborales abiertas y democráticas, así como de procedimientos leales de negociación colectiva entre los representantes sindicales y los de la empresa,
Este acuerdo está basado en el compromiso conjunto de los firmantes de respetar y promover los principios definidos en la Declaración Universal de Derechos Humanos, la Declaración Tripartita de la OIT, las Líneas Directrices para Empresas Multinacionales de la OCDE y el Pacto Mundial de Naciones Unidas.
Asimismo, pone los medios para velar por el cumplimiento de las disposiciones de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), especialmente de aquellas relacionadas con el trabajo de los menores de edad, y asume el compromiso de desarrollar sus actividades empresariales y profesionales de acuerdo con la legislación vigente en cada uno de los lugares donde opera, y promueve y estimula ese mismo reconocimiento y respeto entre los contratistas, subcontratistas y proveedores. El cumplimiento de la ley es siempre el punto de partida de la conducta ética en el Grupo.
La compañía reconoce que la corrupción, el soborno y las acciones anticompetitivas injustas tergiversan los mercados y obstaculizan el desarrollo económico, social y democrático
Ferrovial de ninguna manera deberá reducir o socavar los convenios o prácticas laborales existentes, referidos a derechos sindicales o prestaciones ya establecidas por cualquier afiliado de la ICM o grupo de afiliados o cualquier otro sindicato dentro de Ferrovial
Con este espíritu Ferrovial y la ICM trabajarán juntas para verificar la efectiva aplicación de el contenido de este acuerdo en todas las actividades y emprendimientos de Ferrovial en el ámbito del sector de la construcción, en las siguientes condiciones, que se aplicarán en todo momento conforme a lo que establezca en cada caso la normativa nacional de referencia, las prácticas y las costumbres, siempre que estas no supongan menoscabo ó contradicción con la citada normativa nacional.
1.Se respeta la libertad sindical y el derecho a la negociación colectiva.
Todos los trabajadores/as tendrán el derecho de constituir y de afiliarse a sindicatos según su propia elección. Estos sindicatos deberán tener el derecho a ser reconocidos con el propósito de negociar colectivamente, conforme a lo que se establezca en las legislaciones de aplicación en los paises de referencia y conforme a los principios de los Convenios de la OIT 87 y 98. En la misma forma y condiciones los representantes legales de los trabajadores no serán objeto de ninguna discriminación, y tendrán acceso a visitar los centros de trabajo necesarios para llevar a cabo sus funciones de representación, previo aviso y comunicación a los responsables de la empresa en cada centro, en coordinación con estos y sin alteración de la actividad productiva.
Ferrovial no interferirá en la posibilidad de los trabajadores/as dependientes de afiliarse de manera libre y voluntaria a las organizaciones sindicales y evitará dentro de la organización cualquier discriminación que pudiera producirse con motivo de dicha afiliación.
Ferrovial adoptará un comportamiento positivo respecto de las actividades sindicales y una actitud abierta hacia las actividades organizativas de los sindicatos.
2.El empleo es elegido libremente.
No será utilizado trabajo forzado ni obligatorio, incluyendo la servidumbre por deudas ("bonded labour"). No se requerirá a los trabajadores que entreguen pasaportes, documentos de identidad u objetos de valor (OIT Convenios 29 y 105).
3.No discriminación en el empleo
Todos los trabajadores/as tendrán igualdad de oportunidades y de trato sin consideración de su origen étnico, género, religión, opinión política, nacionalidad, o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.
4.Protección de los trabajadores migrantes
Los trabajadores migrantes y desplazados gozarán las mismas condiciones de trabajo que la fuerza de trabajo nacional. No se requerirá a los trabajadores que paguen depósitos, visados ni otros honorarios relacionados con la inmigración, costos de transporte u honorarios de reclutamiento o contratación, excepto en el caso de trabajadores expatriados, en los que la obtención del permiso de trabajo se haya conseguido por mediación de la compañía. En este caso, se podrá vincular al trabajador, al compromiso de permanecer en esta como mínimo por dos años o a resarcirla de los costes ocasionados.
En el caso de agencias que envíen a trabajadores a otros países, se exigirá a estas agencias que repatríen a los trabajadores en caso de que su empleo termine o de que la empresa usuaria desparezca, No se exigirá a los trabajadores que entreguen su pasaporte u otro documento de viaje o de identidad. Los trabajadores migrantes temporales gozarán de los plenos derechos de compensación legal en el país donde trabajan y gozarán del derecho de organizar y de adherirse a sindicatos. Los trabajadores migrantes recibirán detalles sobre sus condiciones de vida y de trabajo en un idioma que entiendan antes de dejar su país de origen.
5.No se utiliza trabajo infantil
No se utilizará trabajo infantil. Sólo podrán emplearse trabajadores/as con más de 15 años, o que tengan una edad más elevada que la establecida para la enseñanza obligatoria, si ésta fuera mayor (Convenio OIT 138). Los niños menores de 18 años no podrán efectuar trabajos que por su naturaleza o por las circunstancias en que se ejecuta, puedan provocar daños a la salud, a la seguridad o a la moralidad de los niños (Convenio OIT 182).
6.Se pagan salarios suficientes para vivir (salario vital)
Los trabajadores/as recibirán salarios y beneficios por una semana estándar de trabajo que deberán estar, al menos, al nivel de la legislación nacional o los convenios colectivos de aplicación a la industria o sector en que se incluyan. A todos los trabajadores/as se les debe proveer clara información sobre las condiciones salariales
7.Las horas de trabajo no son excesivas
Las horas de trabajo tienen que estar de acuerdo a la ley nacional, los convenios nacionales y los estándares de la industria. Todos los trabajadores recibirán como mínimo un día de descanso semanal.
8.Salud y seguridad de los trabajadores
Se proporcionará un ambiente de trabajo seguro y sano. Se promoverán las mejores prácticas de salud y seguridad ocupacional para prevenir lesiones y enfermedades de conformidad con el convenio de la OIT 155 sobre Seguridad y Salud Ocupacional y el 167 (1988) sobre Seguridad y Salud Ocupacional.
Asimismo, Ferrovial se compromete a mejorar continuamente las medidas de prevención de riesgos laborales y de fomento de la salud en el trabajo y lugares donde desarrolla su actividad.
Ferrovial promueve y estimula también la adopción de prácticas avanzadas en materia de seguridad y salud entre sus proveedores, contratistas y, en general, empresas colaboradoras.
9.Bienestar de los trabajadores/as
En todo lugar de trabajo la compañía promoverá la dotación de unas instalaciones adecuadas para la prestación del trabajo, todo ello conforme a las normativas vigentes de cada país, y a los usos y costumbres que sin contradecir estas, sean de aplicación.
10.Formación especializada.
Ferrovial se compromete también a poner los medios para contribuir al aprendizaje y la formación de sus empleados y a la actualización de sus conocimientos y competencias con el fin de propiciar su progreso profesional y aportar más valor a los clientes, a los accionistas y a la sociedad en general.
11.Relación de trabajo.
Ferrovial respetará las obligaciones hacía los trabajadores establecidas por las leyes y normas del trabajo y de la seguridad social, así como la reglamentación correspondiente a los contratos de trabajo.
Ferrovial considera el respeto de los derechos de los trabajadores/as un elemento fundamental en el desarrollo sostenible, y promueve y estimula ese mismo reconocimiento y respeto entre los contratistas, subcontratistas y proveedores.
IMPLEMENTACIÓN
Ferrovial facilitará información verbal o escrita en relación a este acuerdo al conjunto de la organización.
La ICM reconoce que este acuerdo constituye un autocompromiso de Ferrovial, en las actividades que desarrolla en el ámbito del sector de la construcción. Ambas organizaciones apoyarán de forma activa este autocompromiso y se declaran dispuestas a cooperar activamente en la supresión de las violaciones del mismo para así evitar cualquier infracción futura.
Se constituirá un grupo de referencia compuesto por miembros de la dirección de Ferrovial, de ICM, FECOMA-CCOO y MCA-UGT que se reunirá al menos una vez al año para hacer el seguimiento de la implementación del presente acuerdo, ofreciendo la compañía el soporte preciso para la celebración de la reunión. La ICM, MCA-UGT y FECOMA-CCOO participan en las reuniones del grupo de referencia sufragando sus propios gastos, excepto aquellas actividades que se realicen a requerimiento de la compañía, en cuyo caso ésta asumirá dichos gastos.
Ambas partes reconocen que el conocimiento local efectivo de este acuerdo debe incluir a la directiva local, los trabajadores y sus representantes legales y de salud y seguridad y los sindicatos locales. Para permitir a los representantes locales y nacionales de sindicatos afiliados a la ICM jugar un rol en el proceso de monitoreo, la compañía asegurará que tengan acceso a los trabajadores y derechos de información necesarios.
El examen anual del presente acuerdo se puede incorporar en el informe anual de Ferrovial con la aprobación de ambas partes, asimismo, se establece igual requisito para cualquier publicación o uso del presente documento.
RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS
Las partes acuerdan que cualquier divergencia sobre la interpretación o el cumplimiento de este acuerdo será examinada conjuntamente, con el objetivo de dar recomendaciones a las partes implicadas. Cualquier otra divergencia relacionada con las relaciones de trabajo no contempladas en el contenido del presente acuerdo, quedarán bajo la regulación que legalmente o convencionalmente se establezca en el país de referencia.
En el caso de alguna reclamación o infracción del acuerdo, se aplicará normalmente el siguiente procedimiento:
a) Primero, la reclamación se tratará con la directiva local del lugar de trabajo.
b) Cualquier infracción que no pueda ser resuelta a través de discusiones en el lugar de trabajo, será abordado con el coordinador de la ICM en estrecha colaboración con los afiliados de la ICM en el país de origen y se presentará al directivo responsable.
c) Si no se resuelve el asunto, el grupo de consulta tratará el asunto con el objetivo de dar recomendaciones a las partes implicadas tendentes a solucionar la controversia»
DURACIÓN
Este acuerdo es válido desde el día de la fecha con aviso de terminación de tres meses de anticipación para ambas partes.
En Madrid, a Veintidós de Mayo de dos mil doce.
Jaime Aquirre
Ferrovial
Ambet Yuson
Internacional de Trabajadores de la
Construcción y la Madera (ICM)
Fernando Serrano
FECOMA-CCOO
Teodoro Escorial
MCA - UGT